GOBIERNO REGIONAL JUNÍN
DE LOS PRINCIPIOS RECTORES, COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN
ARTICULO 8°.- Principios
La gestión del Gobierno Regional Junín se rige por los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, concordancia de las políticas regionales, especialización de las funciones de gobierno, competitividad e integración, de conformidad con el Art. 8 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley N° 27902.
ARTÍCULO 9°.- Competencias Constitucionales
De conformidad con el artículo 9° de la Ley Nº 27867, el Gobierno Regional Junín tiene las siguientes competencias constitucionales:
a) Aprobar su organización interna y su presupuesto.
b) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional concertado con las Municipalidades y la sociedad civil.
c) Administrar sus bienes y rentas.
d) Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad.
e) Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los Planes y Programas correspondientes.
f) Dictar las normas inherentes a la gestión regional.
g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería,
industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones,
educación, salud y medio ambiente conforme a Ley.
h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de
proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional.
i) Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.
j) Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a Ley.
ARTICULO 12°.- Funciones Generales
De conformidad con el inciso b) del Artículo 45° de la Ley Nº 27867, el Gobierno Regional
Junín cumple las funciones generales siguientes:
a) Elaborar y aprobar normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia.
b) Diseñar políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
c) Organizar, dirigir y ejecutar los recursos financieros, bienes, activos y capacidades humanas, necesarios para la gestión regional, con arreglo a los sistemas administrativos nacionales.
d) Incentivar y apoyar las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientadas a impulsar el desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios para tal fin.
e) Fiscalizar la gestión administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los Planes Regionales y la calidad de los servicios, fomentando la participación de la sociedad civil.
f) Las demás funciones que le sean asignadas por encargo o Ley.





