Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo

MG. JOSE LUIS ALVAREZ RAMOS

Director Regional

jalvarez@regionjunin.gob.pe

La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo está dirigida por un Director  Regional, quien es designado por el Gobernador Regional.

Funciones

  1. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales, en coordinación con las entidades del sector público competentes en la materia.
  2. Impulsar el desarrollo de los recursos humanos regionales y la mejora en la productividad y competitividad de las unidades económicas de la región, a través de actividades de capacitación, provisión de información y transferencia tecnológica.
  3. Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales.
  4. Identificar oportunidades comerciales para los productos de la región y promover la participación privada en proyectos de inversión en la región.
  5. Promover la provisión de servicios financieros a las empresas y organizaciones de la región, con énfasis en las medianas, PYMES y las unidades productivas orientadas al comercio y a las exportaciones, por parte del sector privado.
  6. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales.
  7. Formular concertadamente, aprobar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo turístico de la región.
  8. Probar directivas relacionadas con la actividad turística, así como criterios técnicos que aseguren el cumplimiento de objetivos y metas que se derivan de los lineamientos de la Política nacional de turismo.
  9. Promover el desarrollo turístico mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales.
  10. Calificar a los prestadores de servicios turísticos de la región, de acuerdo con las normas legales correspondientes.
  11. Coordinar con los gobiernos locales las acciones en materia de turismo de alcance regional.
  12. Llevar y mantener actualizados los directorios de prestadores de servicios turísticos, calendarios de eventos y el inventario de recursos turísticos, en el ámbito regional, de acuerdo a la metodología establecida por el  MINCETUR.
  13. Identificar posibilidades de inversión y zonas de interés turístico en la región, así como promover la participación de los inversionistas interesados en proyectos turísticos.
  14. Proponer y declarar zonas de desarrollo turístico prioritario de alcance regional.
  15. Disponer facilidades y medidas de seguridad a los turistas, así como ejecutar campañas regionales de protección al turista y difusión de conciencia turística, en coordinación con otros organismos públicos y privados.
  16. Verificar el cumplimiento de las normas de medio ambiente y preservación de recursos naturales de la región, relacionadas con la actividad turística.
  17. Declarar eventos de interés turístico regional.
  18. Supervisar la correcta aplicación de las normas legales relacionadas con la actividad turística y el cumplimiento de los estándares exigidos a los prestadores de servicios turísticos de la región, así como aplicar las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento, de conformidad con la normatividad vigente.
  19. Suscribir contratos, convenios o acuerdos de cooperación interinstitucional con entidades públicas o privadas.
  20. Promover la formación y capacitación del personal que participa en la actividad turística.
  21. Fomentar la organización y formalización de las actividades turísticas de la región.
  22. Organizar y conducir las actividades de promoción turística de la región en coordinación con las organizaciones de la actividad turística y los gobiernos locales.
  23. Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes del desarrollo regional.
  24. Formular, aprobar, ejecutar,  evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la artesanía, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales.
  25. Planificar concertadamente y ejecutar el desarrollo de la actividad artesanal de la región mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales.
  26. Fomentar y desarrollar proyectos, programas u otros mecanismos para promover la competitividad y productividad de la actividad artesanal en la región, con la participación de entidades públicas y privadas.
  27. Promover el desarrollo de productos artesanales orientados a la exportación y al mercado turístico.
  28. Supervisar y evaluar el desarrollo de la actividad artesanal y la aplicación de las políticas, normas y procedimientos específicos.
  29. Fomentar y autorizar ferias y exposiciones regionales, así como declarar eventos de interés artesanal orientados a promover el desarrollo de la artesanía de la región.
  30. Fomentar  y promover la organización y formalización de los productores artesanales y fortalecimiento gremial en la región.
  31. Propiciar la conservación, preservación, rescate y desarrollo de las técnicas de producción tradicional artesanal en la región.
  32. Promover mecanismos e instrumentos para el desarrollo de la actividad artesanal en la región, vinculados a la actividad turística.
  33. Identificar oportunidades de inversión, difundir y promover el crecimiento de las inversiones en la actividad artesanal en la región, aprovechando sus ventajas comparativas y promoviendo la exportación de artesanías.
  34. Fomentar la innovación, la transferencia de tecnologías y la formación de artesanos, desarrollando instrumentos que posibiliten la generación y el acceso de las empresas artesanales de la región a nuevas tecnologías.
  35. Promover la calidad, la productividad, el valor agregado, la imagen y la diferenciación de los productos artesanales de la región.
  36. Utilizar técnicas estadísticas para establecer, controlar y verificar la capacidad de los procesos y las características de los servicios a su cargo.
  37. Proponer procedimientos para la mejora y modernización de la  gestión de los servicios que presta a la sociedad en el ámbito de su competencia.
  38. Definir indicadores de gestión que permitan evaluar el avance que se logre en el desempeño de la Unidad Orgánica, así como efectuar su seguimiento y, en función a dichos resultados reevaluar y proponer modificaciones a los objetivos, políticas y estrategias establecidas si fuera necesario.
  39. Realizar otras funciones que se le asigne.
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Resolución Gerencial Regional de Infraestructura N°252-2018-GR-JUNIN/GRI
Lunes 9 de Julio, 2018
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